SABBATH OF THE SEVENTH YEAR. (Lev 25:1-7) When ye come into the land which I give you--It has been questioned on what year, after the occupation of Canaan, the sabbatic year began to be observed. Some think it was the…
1Jehová habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
2Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará reposo para Jehová.
3Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos.
4Pero el séptimo año la tierra tendrá descanso, reposo para Jehová; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.
5Lo que de suyo naciere en tu tierra segada, no lo segarás, y las uvas de tu viñedo no vendimiarás; año de reposo será para la tierra.
6Mas el descanso de la tierra te dará para comer a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu criado, y a tu extranjero que morare contigo;
7y a tu animal, y a la bestia que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.
8Y contarás siete semanas de años, siete veces siete años, de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.
9Entonces harás tocar fuertemente la trompeta en el mes séptimo a los diez días del mes; el día de la expiación haréis tocar la trompeta por toda vuestra tierra.
10Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; ese año os será de jubileo, y volveréis cada uno a vuestra posesión, y cada cual volverá a su familia.
11El año cincuenta os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos,
12porque es jubileo; santo será a vosotros; el producto de la tierra comeréis.
13En este año de jubileo volveréis cada uno a vuestra posesión.
14Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.
15Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
16Cuanto mayor fuere el número de los años, aumentarás el precio, y cuanto menor fuere el número, disminuirás el precio; porque según el número de las cosechas te venderá él.
17Y no engañe ninguno a su prójimo, sino temed a vuestro Dios; porque yo soy Jehová vuestro Dios.
18Ejecutad, pues, mis estatutos y guardad mis ordenanzas, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella con seguridad.
20Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos;
21entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y ella hará que haya fruto por tres años.
22Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto, comeréis del añejo.
23La tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra mía es; pues vosotros forasteros y extranjeros sois para conmigo.
24Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión otorgaréis rescate a la tierra.
25Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, entonces su pariente más próximo vendrá y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
26Y cuando el hombre no tuviere rescatador, y consiguiere lo suficiente para el rescate,
27entonces contará los años desde que vendió, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
28Mas si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.
29El varón que vendiere casa de habitación en ciudad amurallada, tendrá facultad de redimirla hasta el término de un año desde la venta; un año será el término de poderse redimir.
30Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre en poder de aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
31Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor serán estimadas como los terrenos del campo; podrán ser rescatadas, y saldrán en el jubileo.
32Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, estos podrán rescatar en cualquier tiempo las casas en las ciudades de su posesión.
33Y el que comprare de los levitas saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, en el jubileo, por cuanto las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35Y cuando tu hermano empobreciere y se acogiere a ti, tú lo ampararás; como forastero y extranjero vivirá contigo.
36No tomarás de él usura ni ganancia, sino tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.
38Yo Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
39Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
40Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
41Entonces saldrá libre de tu casa; él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
42Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto; no serán vendidos a manera de esclavos.
43No te enseñorearás de él con dureza, sino tendrás temor de tu Dios.
44Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de las gentes que están en vuestro alrededor; de ellos podréis comprar esclavos y esclavas.
45También podréis comprar de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de las familias de ellos nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros, los cuales podréis tener por posesión.
46Y los podréis dejar en herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
47Si el forastero o el extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está junto a él empobreciere, y se vendiere al forastero o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;
48después que se hubiere vendido, podrá ser rescatado; uno de sus hermanos lo rescatará.
49O su tío o el hijo de su tío lo rescatará, o un pariente cercano de su familia lo rescatará; o si sus medios alcanzaren, él mismo se rescatará.
50Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el precio de su venta conforme al número de los años, y se contará el tiempo que estuvo con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
51Si aún fueren muchos años, conforme a ellos devolverá para su rescate, del dinero por el cual se vendió.
52Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces hará un cálculo con él, y devolverá su rescate conforme a sus años.
53Como con el tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará en él con rigor delante de tus ojos.
54Y si no se rescatare en esos años, en el año del jubileo saldrá, él y sus hijos con él.
55Porque mis siervos son los hijos de Israel; son siervos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. Yo Jehová vuestro Dios.
JAMIESON-FAUSSET-BROWN BIBLE COMMENTARY
I
Versículo 8
I. THE JUBILEE. (Lev. 25:8-23)
THE JUBILEE. (Lev. 25:8-23)
thou shalt number seven sabbaths of years--This most extraordinary of all civil institutions, which received the name of "Jubilee" from a Hebrew word signifying a musical instrument, a horn or trumpet, began on the tenth day of the seventh month, or the great day of atonement, when, by order of the public authorities, the sound of trumpets proclaimed the beginning of the universal redemption. All prisoners and captives obtained their liberties, slaves were declared free, and debtors were absolved. The land, as on the sabbatic year, was neither sowed nor reaped, but allowed to enjoy with its inhabitants a sabbath of repose; and its natural produce was the common property of all. Moreover, every inheritance throughout the land of Judea was restored to its original owner.
II
Versículo 10
II. ye shall hallow the fiftieth year--Much difference of opinion exists as to whether the jubilee wa…
ye shall hallow the fiftieth year--Much difference of opinion exists as to whether the jubilee was observed on the forty-ninth, or, in round numbers, it is called the fiftieth. The prevailing opinion, both in ancient and modern times, has been in favor of the latter.
III
Versículo 12
III. ye shall eat the increase thereof out of the field, &c.--All that the ground yielded spontaneousl…
ye shall eat the increase thereof out of the field, &c.--All that the ground yielded spontaneously during that period might be eaten for their necessary subsistence, but no persons were at liberty to hoard or form a private stock in reserve.
IV
Versículo 13
IV. ye shall return every man unto his possession, &c.--Inheritances, from whatever cause, and how fr…
ye shall return every man unto his possession, &c.--Inheritances, from whatever cause, and how frequently soever they had been alienated, came back into the hands of the original proprietors. This law of entail, by which the right heir could never be excluded, was a provision of great wisdom for preserving families and tribes perfectly distinct, and their genealogies faithfully recorded, in order that all might have evidence to establish their right to the ancestral property. Hence the tribe and family of Christ were readily discovered at his birth.
V
Versículo 17
V. Ye shall not oppress one another, but thou shalt fear thy God--This, which is the same as Lev 25:…
Ye shall not oppress one another, but thou shalt fear thy God--This, which is the same as Lev 25:14, related to the sale or purchase of possessions and the duty of paying an honest and equitable regard, on both sides, to the limited period during which the bargain could stand. The object of the legislator was, as far as possible, to maintain the original order of families, and an equality of condition among the people.
VI
Versículo 21
VI. I will command my blessing upon you in the sixth year, and it shall bring forth fruit for three y…
I will command my blessing upon you in the sixth year, and it shall bring forth fruit for three years, &c.--A provision was made, by the special interposition of God, to supply the deficiency of food which would otherwise have resulted from the suspension of all labor during the sabbatic year. The sixth year was to yield a miraculous supply for three continuous years. And the remark is applicable to the year of Jubilee as well as the sabbatic year. (See allusions to this extraordinary provision in Kg2 19:29; Isa 37:30). None but a legislator who was conscious of acting under divine authority would have staked his character on so singular an enactment as that of the sabbatic year; and none but a people who had witnessed the fulfilment of the divine promise would have been induced to suspend their agricultural preparations on a recurrence of a periodical Jubilee.
VII
Versículo 23
VII. The land shall not be sold for ever--or, "be quite cut off," as the Margin better renders it. The…
The land shall not be sold for ever--or, "be quite cut off," as the Margin better renders it. The land was God's, and, in prosecution of an important design, He gave it to the people of His choice, dividing it among their tribes and families--who, however, held it of Him merely as tenants-at-will and had no right or power of disposing of it to strangers. In necessitous circumstances, individuals might effect a temporary sale. But they possessed the right of redeeming it, at any time, on payment of an adequate compensation to the present holder; and by the enactments of the Jubilee they recovered it free--so that the land was rendered inalienable. (See an exception to this law, Lev 27:20).
VIII
Versículo 29
VIII. if a man sell a dwelling house in a walled city, then he may redeem it within a whole year after …
if a man sell a dwelling house in a walled city, then he may redeem it within a whole year after it is sold--All sales of houses were subject to the same condition. But there was a difference between the houses of villages (which, being connected with agriculture, were treated as parts of the land) and houses possessed by trading people or foreigners in walled towns, which could only be redeemed within the year after the sale; if not then redeemed, these did not revert to the former owner at the Jubilee.
IX
Versículo 32
IX. Notwithstanding the cities of the Levites, &c.--The Levites, having no possessions but their town…
Notwithstanding the cities of the Levites, &c.--The Levites, having no possessions but their towns and their houses, the law conferred on them the same privileges that were granted to the lands of the other Israelites. A certain portion of the lands surrounding the Levitical cities was appropriated to them for the pasturage of their cattle and flocks (Num 35:4-5). This was a permanent endowment for the support of the ministry and could not be alienated for any time. The Levites, however, were at liberty to make exchanges among themselves; and a priest might sell his house, garden, and right of pasture to another priest, but not to an Israelite of another tribe (Jer 41:7-9).
X
Versículo 35
X. if thy brother be waxen poor, . . . relieve him--This was a most benevolent provision for the poo…
if thy brother be waxen poor, . . . relieve him--This was a most benevolent provision for the poor and unfortunate, designed to aid them or alleviate the evils of their condition. Whether a native Israelite or a mere sojourner, his richer neighbor was required to give him food, lodging, and a supply of money without usury. Usury was severely condemned (Psa 15:5; Eze 18:8, Eze 18:17), but the prohibition cannot be considered as applicable to the modern practice of men in business, borrowing and lending at legal rates of interest.
XI
Versículo 39
XI. if thy brother . . . be waxen poor, and be sold unto thee, thou shalt not compel him to serve as …
if thy brother . . . be waxen poor, and be sold unto thee, thou shalt not compel him to serve as a bond-servant--An Israelite might be compelled, through misfortune, not only to mortgage his inheritance, but himself. In the event of his being reduced to this distress, he was to be treated not as a slave, but a hired servant whose engagement was temporary, and who might, through the friendly aid of a relative, be redeemed at any time before the Jubilee. The ransom money was determined on a most equitable principle. Taking account of the number of years from the proposal to redeem and the Jubilee, of the current wages of labor for that time, and multiplying the remaining years by that sum, the amount was to be paid to the master for his redemption. But if no such friendly interposition was made for a Hebrew slave, he continued in servitude till the year of Jubilee, when, as a matter of course, he regained his liberty, as well as his inheritance. Viewed in the various aspects in which it is presented in this chapter, the Jubilee was an admirable institution, and subservient in an eminent degree to uphold the interests of religion, social order, and freedom among the Israelites.
Next: Leviticus Chapter 26
Antiguo Testamento
Leviticus — Capítulo 25
SABBATH OF THE SEVENTH YEAR. (Lev 25:1-7) When ye come into the land which I give you--It has been questioned on what year, after the occupation of Canaan, the sabbatic year began to be observed. Some think it was the…
Texto — Reina-Valera 1960
1Jehová habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
2Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará reposo para Jehová.
3Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos.
4Pero el séptimo año la tierra tendrá descanso, reposo para Jehová; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.
5Lo que de suyo naciere en tu tierra segada, no lo segarás, y las uvas de tu viñedo no vendimiarás; año de reposo será para la tierra.
6Mas el descanso de la tierra te dará para comer a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu criado, y a tu extranjero que morare contigo;
7y a tu animal, y a la bestia que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.
8Y contarás siete semanas de años, siete veces siete años, de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.
9Entonces harás tocar fuertemente la trompeta en el mes séptimo a los diez días del mes; el día de la expiación haréis tocar la trompeta por toda vuestra tierra.
10Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; ese año os será de jubileo, y volveréis cada uno a vuestra posesión, y cada cual volverá a su familia.
11El año cincuenta os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos,
12porque es jubileo; santo será a vosotros; el producto de la tierra comeréis.
13En este año de jubileo volveréis cada uno a vuestra posesión.
14Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.
15Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
16Cuanto mayor fuere el número de los años, aumentarás el precio, y cuanto menor fuere el número, disminuirás el precio; porque según el número de las cosechas te venderá él.
17Y no engañe ninguno a su prójimo, sino temed a vuestro Dios; porque yo soy Jehová vuestro Dios.
18Ejecutad, pues, mis estatutos y guardad mis ordenanzas, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella con seguridad.
20Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos;
21entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y ella hará que haya fruto por tres años.
22Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto, comeréis del añejo.
23La tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra mía es; pues vosotros forasteros y extranjeros sois para conmigo.
24Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión otorgaréis rescate a la tierra.
25Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, entonces su pariente más próximo vendrá y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
26Y cuando el hombre no tuviere rescatador, y consiguiere lo suficiente para el rescate,
27entonces contará los años desde que vendió, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
28Mas si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.
29El varón que vendiere casa de habitación en ciudad amurallada, tendrá facultad de redimirla hasta el término de un año desde la venta; un año será el término de poderse redimir.
30Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre en poder de aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
31Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor serán estimadas como los terrenos del campo; podrán ser rescatadas, y saldrán en el jubileo.
32Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, estos podrán rescatar en cualquier tiempo las casas en las ciudades de su posesión.
33Y el que comprare de los levitas saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, en el jubileo, por cuanto las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35Y cuando tu hermano empobreciere y se acogiere a ti, tú lo ampararás; como forastero y extranjero vivirá contigo.
36No tomarás de él usura ni ganancia, sino tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.
38Yo Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
39Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
40Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
41Entonces saldrá libre de tu casa; él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
42Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto; no serán vendidos a manera de esclavos.
43No te enseñorearás de él con dureza, sino tendrás temor de tu Dios.
44Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de las gentes que están en vuestro alrededor; de ellos podréis comprar esclavos y esclavas.
45También podréis comprar de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de las familias de ellos nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros, los cuales podréis tener por posesión.
46Y los podréis dejar en herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
47Si el forastero o el extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está junto a él empobreciere, y se vendiere al forastero o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;
48después que se hubiere vendido, podrá ser rescatado; uno de sus hermanos lo rescatará.
49O su tío o el hijo de su tío lo rescatará, o un pariente cercano de su familia lo rescatará; o si sus medios alcanzaren, él mismo se rescatará.
50Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el precio de su venta conforme al número de los años, y se contará el tiempo que estuvo con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
51Si aún fueren muchos años, conforme a ellos devolverá para su rescate, del dinero por el cual se vendió.
52Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces hará un cálculo con él, y devolverá su rescate conforme a sus años.
53Como con el tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará en él con rigor delante de tus ojos.
54Y si no se rescatare en esos años, en el año del jubileo saldrá, él y sus hijos con él.
55Porque mis siervos son los hijos de Israel; son siervos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. Yo Jehová vuestro Dios.
JAMIESON-FAUSSET-BROWN BIBLE COMMENTARY
Versículo 8
I. THE JUBILEE. (Lev. 25:8-23)
Versículo 10
II. ye shall hallow the fiftieth year--Much difference of opinion exists as to whether the jubilee wa…
Versículo 12
III. ye shall eat the increase thereof out of the field, &c.--All that the ground yielded spontaneousl…
Versículo 13
IV. ye shall return every man unto his possession, &c.--Inheritances, from whatever cause, and how fr…
Versículo 17
V. Ye shall not oppress one another, but thou shalt fear thy God--This, which is the same as Lev 25:…
Versículo 21
VI. I will command my blessing upon you in the sixth year, and it shall bring forth fruit for three y…
Versículo 23
VII. The land shall not be sold for ever--or, "be quite cut off," as the Margin better renders it. The…
Versículo 29
VIII. if a man sell a dwelling house in a walled city, then he may redeem it within a whole year after …
Versículo 32
IX. Notwithstanding the cities of the Levites, &c.--The Levites, having no possessions but their town…
Versículo 35
X. if thy brother be waxen poor, . . . relieve him--This was a most benevolent provision for the poo…
Versículo 39
XI. if thy brother . . . be waxen poor, and be sold unto thee, thou shalt not compel him to serve as …